Sé que es un título un poco sui generi, pero hoy pude ver algo insólito en una universidad privada de acá de Maracaibo. La misma es muy novedosa y está siempre a la vanguardia de los procesos tecnológicos, tiene emisora FM, (tuvo) televisora, portal web con educación a distancia como opción, entre otras cosas. Pero hoy presencié algo nunca visto: le negaron la inscripción a varios alumnos (masculinos) por tener el cabello largo. Luego de haber pagado la preinscripción (200 Bs.) y la inscripción (que ronda los mil Bs. y sin incluir la matrícula), le niegan en la cara al alumnado en cuestión que "no lo pueden inscribir" porque está contra la norma (Ah, claro, luego de haber pagado, no antes).
¿La razón? No está clara, porque la tal norma no está escrita en ningún sitio, ni en carteleras, ni en el portal (algo así como un reglamento del estudiante). Ni siquiera en un papelito colocado en la puerta, que diga, por lo menos: "Firmado: La gerencia".
Si resulta que el aspirante es indígena y que según sus usos y costumbres, aparte de su atuendo o vestimenta está el llevar el cabello largo, bien sea, del Zulia, amazónico, delta o de Bolívar, este gesto se ve claramente discriminatorio. Además, es una idea totalmente obsoleta que no tiene lógica ni justificación. En nuestras universidades públicas, LUZ, UBV, etc. no existe tal disposición. En los colegios de secundaria se le exige al estudiante que "debería" llevar el cabello corto, pero no es obligatorio (depende de cada institución). En universidades que he visto, como en Chile, Perú o México, a ninguno se les asoma tal idea.
Por eso quedé en el sitio ante la decisión del personal de la institución, de carácter privado, de ideas avanzadas y donde se dicta la carrera de derecho (desconociendo los derechos de cada quien de llevar el cabello como le da la real gana) y de administración (estudio de mercado y acciones para agradar al cliente), tenga una práctica tan medieval.
En el caso de un aspirante indígena, viola: 1) La Constitución en el capítulo VIII de los derechos de los pueblos indígenas: "El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones". 2) La LOPCI o Ley orgánica de pueblos y comunidades indígenas: Capitulo II De la cultura: Artículo 87 "El Estado protege y promueve las diferentes expresiones culturales de los pueblos y comunidades indígenas, incluyendo sus artes ... y todos los demás usos y costumbres que les son propios". Y Artículo 90: "los indígenas tienen derecho a usar sus trajes, atuendos y adornos tradicionales en todos los ámbitos de la vida nacional". El 92: "Los indígenas tiene derecho al fortalecimiento de su identidad cultural, desarrollo de su autoestima y libre desenvolvimiento de su personalidad en el marco de sus propios patrones culturales".
Y, la última, la Ley orgánica contra la discriminación racial, sancionada recientemente: en su Artículo 41: "Comete delito de discriminación racial en el ámbito educativo, toda persona que: 1) Niegue el acceso de una persona o grupo de personas a cualquier tipo y nivel de educación" y el 38: "Es delito de discriminación racial, toda acción u omisión dirigida a distinguir, excluir, a una o varias personas en razón de su origen étnico-racial, prigen nacional y rasgos de fenotipo, cuando estos actos tengan por objeto o resultado anular o menoscabar, directa o indirectamente, el goce o ejercicio de los derechos de la persona o grupos de personas".
Esto es sólo si el aspirante es indígena y conoce sus derechos. Para el que no es indígena no puede haber una restricción a inscribirse en una institución en la que está pagando y le digan que tiene que cortarse el pelo.
Nadie supo decir el porqué de la norma (todas las normas tienen un porqué). Sólo alguien muy escondidito refirió que la razón era evitar el camuflajear dispositivos de audio que distrajeran al estudiante o sirviera para hacer trampas en los exámenes. No quiero opinar a este respecto porque no creo que haya sido la verdadera razón: hay muchas maneras de arreglar este problema, por supuesto.
2 comentarios:
Yo quiero reclamar ésto!!!... no se supone que está en contra la identidad personal? no es ético!
Lo he comentado por las redes sociales y lo único que me dicen, "es un país tercermundista verdad"?... o sea dios!
Por las fecha que corren, ya desde el 2014, esto aún no ha cambiado. La legislación venezolana trata de ser de avanzada, pero, con este aspecto se observa que hay quienes mantienen minisistemas que quieren estar apartados de eso. Gracias por tu comentario muy acertado.
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